¿Puedo reflejar el pago del cesta ticket en el recibo de Nómina?

 No colega, no puedes. Y disculpa lo brusco, mi nombre es Luis Alberto Saracual y ya te cuento porqué no deberías colocar la cesta ticket junto a tu recibo de pago de nómina. Vamos allá

Porqué NO reflejar la cesta ticket en tus recibos de pago de nómina

Primero vamos por partes, viendo qué dice la LOTTT respecto al recibo de pago de nómina, en su artículo 106:

Artículo 106. Recibo de pago
El patrono o patrona otorgará un recibo de pago a los trabajadores y trabajadoras, cada vez que pague
las remuneraciones y beneficios indicando el monto del salario y, detalladamente, lo correspondiente a
comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, bonificación de fin de año, sobresueldos, bono vacacional, recargos por días feriados, horas extraordinarias, trabajo nocturno y demás conceptos salariales, así como las deducciones correspondientes. 

¿Ves que no dice nada respecto a la cesta ticket? Ahora bien, eso no quiere decir que para la cesta ticket no aplica emitir recibo de pago, al fin y al pago, vendría a fungir como prueba documental para registrada en la contabilidad de la empresa (o del patrono, si nos ponemos técnicos)

En la LOTTT no existe otra mención del término "Recibo" o similares en lo que respecta al bono de alimentación o cesta ticket socialista, pero ello no limita la emisión del recibo de pago, porque de las prestaciones tampoco hay obligación de emisión pero se realiza como respaldo; caso similar pasa con la cesta ticket. 

Debido a su carácter NO SALARIAL (acorde al artículo 105) resulta importante no mezclar tal concepto con aquellos que estén dentro del recibo de pago de nómina. Por ello recomiendo que...

  • Los pagos de cesta ticket y nómina deben ser emitidos en lotes diferentes, preferiblemente definiendo en la descripción el concepto que corresponda
  • La Cestaticket o bono de alimentación, su pago es obligatorio en cualquier entidad de trabajo, no importa la remuneración del trabajador
  • Es un beneficio de carácter social no remunerativo, no se paga por cuenta nómina, se debe pagar los primeros 5 días de cada mes, con recibo separado que tenga la frase “No tiene carácter salarial”
  • Son Costos laborales sin incidencia en las prestaciones sociales o utilidades
  • Eso sí, al cancelar vacaciones individuales o colectivas considera su pago durante el periodo en que el trabajador esté disfrute
Recuerda que si "mezclas" conceptos salariales y no salariales podrías ocasionar confusiones que te perjudiquen a largo plazo. Abajo  te anexo el formato "ideal" de recibo de cesta ticket

Para ahorrar tiempo en la generación de recibos de cesta ticket, te recomiendo mi app de nómina en excel "Matheus Nómina". Si te interesa puedes bajar una demo SIN COSTO en el enlace de abajo

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¿Y tú? ¿Cómo pagas la cesta ticket?

Te leo en los comentarios.

Con cariño,

Luis Alberto.