SENIAT deroga providencia de Proveedores de Softwaare homolgoado, ¿Se perdieron esos riales?

Saludos colegas, feliz inicio de semana. Arrancamos un periodo bastante interesante en lo referido al SENIAT y el cumplimiento de deberes formales, sobre todo en lo referido a homologación del software para emisión de facturas y otros documentos fiscales, así que vamos allá

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Derogada la providencia 121 de Software Homologado

Así es colega, como lees el SENIAT a través de la Providencia SNAT/2026/000084 ha derogado la hasta ahora vigente SNAT/2024/000121 que regulaba los proveedores de software homogado para emisión de facturas y otros documentos fiscales, Pero en la práctica ¿Esto que significa?

Eso significa que a corto plazo (apenas se publique dicha providencia en Gaceta Oficial) ya no será obligatoria la utilización de software homogado para la emisión de facturas y otros documentos fiscales por parte de los contribuyentes. 

Para que me entiendas, esta homologación obedecía la obligación que tenían los desarrolladores y/o proveedores de software administrativo de ser auditados por el SENIAT para comercializar sus productos. Dicha auditoría consistía en revisión de flujogramas, código fuente, medios de acceso, permisos, etc. Pero nosotros como cristianos no veíamos eso, los contribuyentes solo tenían el deber formal de adquirir software que ya hubiese pasado todo ese proceso previamente.

Ahora ya no es obligatorio gastar +1000$ en comprar un software horrible con código fuente de Datapro de 1995 para emitir facturas y otros documentos, basta con la utilización de software homogado o no, eso sí, siempre en cumplimiento de la Ley del IVA, la providencia 71 del 2011, el código orgánico tributario, y similares.

Sin embargo, hay que considerar que se debe esperar la publicación de la providencia SNAT/2026/00084 en la Gaceta Oficlal. Ten en cuenta también que...

☑️ Aún puedes seguir usando el software sin problema: Digo, no es que esa plata se haya perdido definitivamente. Todavía puedes usarlo sin problemas

☑️ Si facturabas digitalmente te riges por la providencia 102 del 2024. Dicha providencia hace referencia a facturación en medios digitales y aún sigue vigente

☑️ Aún tienes el deber formal de emitir facturas: cómo te comenté, todavía debes emitir facturas cumpliendo con la normativa legal vigente 

☑️ Estemos a la espera de futuras providencias, leyes y gacetas, no de CHISMES: y lo digo porque últimamente se ha visto una poco habitual proliferación de creadores que de una reunión sacan infinidad de barbaridades. Hasta pareciese que tienen el Whatsapp de Román Maniglia. En escenarios de constantes cambios lo mejor es siempre esperar la Gaceta Oficial.

☑️ Aún continúa la homologación de máquinas fiscales: no confundamos homologación de software con homologación de máquinas fiscales. La segunda aún debe realizarse, acorde a la providencia 141 que regula las máquinas fiscales. Sabemos que la distribución de equipos fiscales Pero al reactivarse, su homologación no es algo que debe tomarse a la ligera ni dejarse en segundo plano.

☑️ Permanece atento a futuras actualizaciones: Se vienen movimientos bastante interesantes a nivel tributario, por ende es necesario permanecer preparado. Eso sí, sin chismes tributarios para ganar vistas. No te dejes llevar de cualquier, espera siempre la Gaceta Oficial. También puedes permanecer al día en mi Instagram, siempre comparto contenido contable y tributario en la medida de lo posible, te puedes unir desde abajo ⬇️ 

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¿Qué opinas de esto? Te leo en los comentarios.

Con cariño,

Luis Alberto.

PD: Los proveedores de software qué se fumaban que vendían su sistema en 2000$ o más xD