Qué conceptos incluir en tu declaración de contribución especial de Pensiones (DPP Forma 99019)

Bienvenido colega. Para calcular correctamente la Contribución Especial de Pensiones en Venezuela (bajo la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista), debes considerar que la base imponible no se limita solo al sueldo base.

A continuación, te detallo los pagos y conceptos que debes incluir y aquellos que quedan fuera, según la normativa vigente a enero de 2026:

Qué incluir en tu declaración de pensiones 2026 (DPP Forma 99019)

1. Pagos que INTEGRAN la base de cálculo

La ley establece que la contribución se aplica sobre el total de los pagos realizados a los trabajadores por los siguientes conceptos:

Salario Normal: Sueldo base, comisiones, gratificaciones, bonos de productividad, sobresueldos, y cualquier otra remuneración regular.

Cestaticket Socialista: Este concepto forma parte del "Ingreso mínimo integral". 

Bonificaciones de carácter NO salarial: Cualquier bono en efectivo o divisas que entregues a tus empleados y que no tenga incidencia salarial (por ejemplo, bonos de incentivo, bonos de asistencia, etc.).

Pagos adicionales en el mes: Si en el mes correspondiente pagaste utilidades, bono vacacional o retroactivos, estos montos deben sumarse a la base imponible de ese período.

Pagos en moneda extranjera: Si pagas en dólares u otra divisa, debes convertirlos a bolívares utilizando el tipo de cambio oficial del Banco Central de Venezuela (BCV) vigente a la fecha del pago.

2. El "Piso" o Límite Mínimo (IMII)

Este es el punto más importante para evitar sanciones. La base de cálculo por cada trabajador no puede ser inferior al Ingreso Mínimo Integral Indexado (IMII) definido por el Ejecutivo Nacional.

Monto vigente (2025-2026): Actualmente, este monto está fijado en $160 (o su equivalente en bolívares según la tasa BCV). Bono de guera + Cesta Ticket

¿Cómo aplicarlo?: Si un trabajador gana, por ejemplo, el equivalente a $100 entre sueldo y bonos, tú no calculas el 9% sobre $100, sino sobre el "piso" de $160. Si el trabajador gana $200, calculas sobre los $200 reales.

3. Conceptos que NO se consideran (Excluidos)

Viáticos y reembolsos de gastos: Pagos que no enriquecen al trabajador sino que cubren gastos operativos.

Prestaciones Sociales: Por ser conceptos de liquidación o reserva, no forman parte de la base mensual de pagos.

Resumen para tu declaración:

Elemento Detalle
Sujetos Pasivos Empresas privadas (personas jurídicas) y sociedades de hecho.
Alícuota actual 9% del total de la nómina (pagos salariales y bonos).
Base Mínima $160 por trabajador (calculado al tipo de cambio oficial BCV).
Periodicidad Mensual (según el calendario de sujetos pasivos del SENIAT).

Nota importante: Recuerda que esta contribución es totalmente deducible como gasto para tu declaración de Impuesto sobre la Renta (ISLR).

¿Te ha sido de utilidad? Deja tu duda en la sección de los comentarios :)

Con cariño,

Luis Alberto.